Residencias para personas mayores

AUTOR(ES)

Joseph Tobener

Abogado de inquilinos y profesor adjunto de Derecho

Joseph Tobener

Más de 22 años de ejercicio de la abogacía. Socio de un bufete especializado en la defensa de inquilinos. Ha aparecido en The New York Times, Reuters, Wired y Los Angeles Times.

INFORMACIÓN VERIFICADA POR:

Jacqueline Ravenscroft

Abogado de inquilinos en California

Jacqueline Ravenscroft

Más de 12 años de ejercicio de la abogacía. Socio de un bufete especializado en la defensa de inquilinos. Instructor de derecho de propietarios e inquilinos en la Universidad Estatal de San Francisco. Ha aparecido en el San Francisco Chronicle y en Plaintiff Magazine.

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Derechos de los inquilinos en residencias para personas mayores

Las personas mayores suelen ser muy vulnerables al abuso y la negligencia mientras viven en una residencia para personas mayores. Si usted o un ser querido es una persona mayor que sufre abuso o negligencia por parte de una residencia para personas mayores o de sus empleados, es posible que tenga derecho a recursos legales. Los recursos disponibles para las personas mayores que han sufrido, o siguen sufriendo, abuso y negligencia mientras viven en una residencia para personas mayores dependen de varios factores, entre ellos el tipo de residencia y el tipo de abuso sufrido. Las regulaciones federales y estatales establecen pautas que las residencias para personas mayores deben seguir. Si una residencia no cumple con las regulaciones federales y estatales, el residente podría tener derecho no solo a una indemnización compensatoria y otros recursos previstos por la ley, sino también a una compensación póstuma por dolor y sufrimiento, al pago obligatorio de honorarios de abogados y costas, y a daños triples.

Tipos de residencias para personas mayores

California clasifica dos tipos de residencias para personas mayores en las que puede ocurrir abuso y negligencia contra personas mayores: el centro de enfermería especializada (Skilled Nursing Facility, a menudo llamado “asilo de ancianos” o “nursing home”) y el centro de cuidado residencial para personas mayores (Residential Care Facility for the Elderly, comúnmente conocido como “vida asistida” o “assisted living”). Cada tipo de centro debe seguir un conjunto específico de reglas y regulaciones.

Centros de enfermería especializada

La sección 1250(c) del Health and Safety Code (Código de Salud y Seguridad) define un centro de enfermería especializada como “un centro de salud que brinda atención de enfermería especializada y atención de apoyo a pacientes cuya necesidad principal es contar con atención de enfermería especializada de manera prolongada”. Los residentes de los centros de enfermería especializada dependen del operador y del personal del centro para casi todos los aspectos de su vida diaria, incluidos la comida, los medicamentos, la ropa de cama, el alojamiento y la atención médica. A pesar del nivel de atención que se debe prestar a los residentes de los centros de enfermería especializada, con frecuencia los residentes sufren abuso y negligencia. Si un residente de un centro de enfermería especializada ha sufrido o está sufriendo abuso y negligencia, podría tener derecho a una indemnización por daños.

Centros de cuidado residencial para personas mayores

Los centros de cuidado residencial para personas mayores son centros intermedios entre la vida independiente y los asilos de ancianos. La sección 1569.2(k) del Health and Safety Code define un centro de cuidado residencial para personas mayores como “un arreglo de vivienda elegido voluntariamente por personas de 60 años de edad o más, o por su representante autorizado, en el que se brindan distintos niveles e intensidades de cuidado y supervisión, supervisión protectora o cuidado personal, según sus diversas necesidades, determinadas para ser admitidas y permanecer en el centro”. Los centros de cuidado residencial para personas mayores son muy similares a los centros de enfermería especializada y tienen con sus residentes muchas de las mismas obligaciones que tienen los centros de enfermería especializada.

Diferencias entre los SNF y los RCFE

La diferencia clave entre un centro de enfermería especializada y un centro de cuidado residencial para personas mayores es que los centros de enfermería especializada tienen licencia como proveedores de atención médica, mientras que los centros de cuidado residencial para personas mayores no la tienen. Como los RCFE no son proveedores de atención médica con licencia, no están sujetos a la Medical Injury Compensation Reform Act of 1975 (MICRA, Ley de Reforma de Compensación por Lesiones Médicas de 1975). Sin embargo, tanto los SNF como los RCFE están sujetos a la Elder Abuse and Dependent Adult Civil Protection Act (EADACPA, Ley de Protección Civil contra el Abuso de Personas Mayores y Adultos Dependientes) (Welfare and Institutions Code, secciones 15600-15675). Para la protección de la EADACPA, no importa si el centro que cuida a las personas mayores es un centro de atención médica. Delaney v. Baker, 20 Cal. App. 4th 23, 34 (1999).

Leyes y definiciones aplicables

Ley de Protección Civil contra el Abuso de Personas Mayores y Adultos Dependientes (EADACPA)

La Elder Abuse and Dependent Adult Civil Protection Act tiene como fin “permitir que las personas interesadas contraten abogados para defender la causa de las personas mayores y los adultos dependientes que sufren abuso”. Cal. Welf. & Inst. Code § 15600(j). La EADACPA define a una persona mayor como “cualquier persona que resida en este estado y tenga 65 años de edad o más”. Cal. Welf. & Inst. Code § 15610.27.

Según la EADACPA, el abuso de una persona mayor o de un adulto dependiente incluye “[p]hysical abuse, neglect, financial abuse, abandonment, isolation, abduction, or other treatment with resulting physical harm or pain or mental suffering” (es decir, “abuso físico, negligencia, abuso financiero, abandono, aislamiento, secuestro u otro trato que cause daño o dolor físico o sufrimiento mental”), así como “[t]he deprivation by a care custodian of goods or services that are necessary to avoid physical harm or mental suffering” (es decir, “la privación, por parte de un custodio de cuidado, de bienes o servicios necesarios para evitar daño físico o sufrimiento mental”). Cal. Welf. Inst. Code § 15610.07.

Bajo la EADACPA, la negligencia es “el hecho de que cualquier persona que tenga el cuidado o la custodia de una persona mayor o de un adulto dependiente no ejerza el grado de cuidado que ejercería una persona razonable en una posición similar”. Cal. Welf. & Inst. Code § 15610.57(a)(1). La negligencia incluye, entre otros: no ayudar con la higiene personal ni proporcionar comida, ropa o alojamiento; no proporcionar atención médica; no proteger contra riesgos para la salud y la seguridad; y no prevenir la desnutrición o la deshidratación. Cal. Welf. & Inst. Code § 15610.57(b).

Carta de derechos de los pacientes de centros de enfermería especializada y de cuidados intermedios (Health and Safety Code, secciones 1599-1599.4)

La Skilled Nursing and Intermediate Care Facility Patients’ Bill of Rights (Carta de Derechos de los Pacientes de Centros de Enfermería Especializada y de Cuidados Intermedios) se promulgó para “establecer expresamente los derechos humanos fundamentales a los que todos los pacientes tendrán derecho en un centro de enfermería especializada, de cuidados intermedios o de cuidados paliativos . . . y para asegurar que los pacientes de dichos centros sean informados de sus derechos fundamentales y de las obligaciones del centro”. Cal. Health & Safety Code § 1599.

La sección 1599.1 del Health and Safety Code garantiza el derecho del residente a recibir atención de calidad al exigir que un centro de enfermería:

  • Emplee suficiente personal;
  • Atienda la higiene de los residentes;
  • Reducir la incidencia de incontinencia y úlceras por presión;
  • Proporcionar alimentos en cantidad y calidad adecuadas;
  • Ofrecer un programa de actividades que satisfaga las necesidades de cada residente; y
  • Mantener en buen estado de funcionamiento un sistema de llamada a enfermería.

La sección 1599.1(i) del Health and Safety Code (Código de Salud y Seguridad) aplica las regulaciones federales sobre los derechos de los residentes (42 C.F.R. § 483.10.), los derechos de admisión, traslado y alta (42 C.F.R. § 483.12.) y la calidad de vida (42 C.F.R. § 483.15.) a todos los centros de enfermería especializada y de cuidados intermedios, sin importar la fuente de pago del residente ni el estado de certificación de Medi-Cal o Medicare del centro.

RESIDENTIAL CARE FACILITIES FOR THE ELDERLY ACT (Ley de centros de cuidado residencial para personas mayores) (secciones 1569-1569.87 del Health and Safety Code; Cal. Code Regs. tit. 22 §§ 87100-87793)

Todos los Residential Care Facilities for the Elderly (centros de cuidado residencial para personas mayores) se rigen por la California Residential Care Facilities for the Elderly Act. Todos estos centros deben proporcionar al residente servicios básicos, entre ellos:

  • Alojamiento y servicios seguros y saludables;
  • Tres comidas nutritivas y bien balanceadas con refrigerios al día;
  • Ayuda con las actividades de la vida diaria (vestirse, bañarse, comer, tomar medicamentos, etc.);
  • Observación regular del estado físico y mental de los residentes;
  • Arreglos para atender las necesidades de salud de los residentes, incluido el transporte;
  • Actividades sociales y recreativas acordes con los intereses y capacidades del residente;
  • Ayuda para acceder a servicios de apoyo;
  • Conocimiento del paradero general del residente (los residentes pueden desplazarse de forma independiente en la comunidad);
  • Supervisión de las actividades del residente para garantizar su salud, seguridad y bienestar en general.

Sección 1569.312 del Health and Safety Code; Cal. Code Regs. tit. 22 §§ 87101(b)(2), 87464(f).

FUNDAMENTOS PARA OBTENER UNA COMPENSACIÓN

Existen varias causas de acción contra los asilos de ancianos y los centros de cuidado residencial debido a las muchas obligaciones que diversas leyes federales y estatales imponen a estos centros. Según la situación de la persona mayor, una o más de las siguientes causas de acción pueden estar disponibles para obtener una reparación:

NEGLIGENCIA

Se puede presentar una acción por negligencia para recuperar daños por lesiones y angustia emocional. Debido a las amplias regulaciones que rigen los centros de enfermería y los centros de cuidado residencial, los demandantes tienen derecho a una presunción de negligencia, conforme a la doctrina de negligencia per se. En otras palabras, si un asilo de ancianos o un centro de vida asistida viola una de las muchas regulaciones que está obligado a cumplir, se puede presumir que fue negligente sin necesidad de establecer un estándar de cuidado de la comunidad.

Los casos de negligencia contra los Skilled Nursing Facilities (centros de enfermería especializada), que se consideran proveedores de atención médica, pueden convertirse en acciones por negligencia médica y están sujetos a los límites de la Medical Injury Compensation Reform Act (MICRA). Una acción por negligencia también puede basarse en la falta de cuidado ordinario, en lugar del cuidado profesional. No se puede reclamar negligencia profesional contra un centro de cuidado residencial, porque estos centros no se consideran proveedores de atención médica. En una acción por incumplimiento del cuidado ordinario, no se aplican los límites de MICRA.

Cuando la negligencia de un centro residencial para personas mayores le causa a un residente una angustia emocional grave, el residente puede recuperar daños por preocupación, ansiedad, frustración, vergüenza e insomnio. Un testigo presencial que tenga una relación especial con el residente y observe personalmente un mal cuidado que le cause lesiones al residente también puede tener una reclamación por angustia emocional derivada de haber presenciado la lesión. Véase Thing v. La Chusa, 48 Cal. App. 3d 644, 667 (1989), que adoptó Ochoa v. Super. Ct., 39 Cal. App. 3d 159 (1985).

MALTRATO A PERSONAS MAYORES

Se puede presentar una acción por abuso de personas mayores conforme a la Elder Abuse and Dependent Adult Civil Protection Act (Ley de Protección Civil contra el Abuso de Personas Mayores y Adultos Dependientes) si el residente sufre “[p]hysical abuse, neglect, financial abuse, abandonment, isolation, abduction, or other treatment with resulting physical harm or pain or mental suffering” (maltrato físico, negligencia, abuso financiero, abandono, aislamiento, secuestro u otro trato que resulte en daño o dolor físico o sufrimiento mental), o si un cuidador lo priva “de bienes o servicios que son necesarios para evitar daño físico o sufrimiento mental”. Cal. Welf. Inst. Code § 15610.07.

La EADACPA establece recursos ampliados para las acciones por maltrato a personas mayores. Cuando un demandante puede demostrar con pruebas claras y convincentes que el demandado cometió abuso físico o negligencia, y que actuó con imprudencia temeraria, opresión, fraude o malicia al cometer el abuso, el tribunal debe otorgar honorarios de abogado razonables. Cal. Welf. & Inst. Code § 15657. El demandante también puede recuperar daños por dolor y sufrimiento después del fallecimiento.

Conforme a la sección 3294 del Civil Code (Código Civil), se pueden otorgar daños punitivos si el demandante demuestra con pruebas claras y convincentes que el demandado actuó con opresión, fraude o malicia. Los daños punitivos subsisten después del fallecimiento. Cal. Civ. Proc. Code § 377.34. Además, la sección 3345 del Civil Code permite triplicar los daños punitivos en acciones por maltrato a personas mayores cuando el juzgador de los hechos determina afirmativamente cualquiera de los siguientes factores:

  • Si el demandado sabía o debía haber sabido que su conducta estaba dirigida a una o más personas mayores o personas con discapacidad.
  • Si la conducta del demandado causó que una o más personas mayores o personas con discapacidad sufrieran: la pérdida o el gravamen de su residencia principal, empleo principal o fuente de ingresos; una pérdida sustancial de bienes reservados para la jubilación o para el cuidado y manutención personal o familiar; o una pérdida sustancial de pagos recibidos de un plan de pensión o jubilación o de un programa de beneficios del gobierno, o de bienes esenciales para la salud o el bienestar de la persona mayor o con discapacidad.
  • Si una o más personas mayores o personas con discapacidad son sustancialmente más vulnerables que otros miembros del público a la conducta del demandado debido a su edad, mala salud o enfermedad, capacidad de comprensión disminuida, movilidad limitada o discapacidad, y efectivamente sufrieron un daño físico, emocional o económico sustancial como resultado de la conducta del demandado.

ABUSO FINANCIERO DE PERSONAS MAYORES

La EADACPA protege a las personas mayores contra el abuso financiero. Conforme a la EADACPA, hay abuso financiero cuando una persona o entidad:

  • Toma, oculta, se apropia, obtiene o retiene bienes inmuebles o muebles de una persona mayor o adulto dependiente para un uso indebido o con la intención de defraudar, o ambos.
  • Ayuda a tomar, ocultar, apropiarse, obtener o retener bienes inmuebles o muebles de una persona mayor o adulto dependiente para un uso indebido o con la intención de defraudar, o ambos.
  • Toma, oculta, se apropia, obtiene o retiene, o ayuda a tomar, ocultar, apropiarse, obtener o retener, bienes inmuebles o muebles de una persona mayor o adulto dependiente mediante indebida

Sección 15610.30(a)(1)-(3) del Welfare and Institutions Code (Código de Bienestar e Instituciones).

La EADACPA ofrece recursos ampliados en casos de abuso financiero de una persona mayor. Conforme a la sección 15657.5 del Welfare and Institutions Code, el tribunal debe otorgar honorarios de abogado y costas razonables si se demuestra el abuso financiero del demandado mediante la preponderancia de la prueba. Conforme a la sección 15657.5(b) del Welfare and Institutions Code, si se demuestra con pruebas claras y convincentes que el demandado actuó con imprudencia temeraria, opresión, fraude o malicia al cometer el abuso financiero, se pueden recuperar daños por dolor y sufrimiento después del fallecimiento.

Se pueden otorgar daños punitivos conforme a la sección 3294 del Civil Code si el demandante demuestra con pruebas claras y convincentes que el demandado actuó con opresión, fraude o malicia. Los daños punitivos subsisten después del fallecimiento. Cal. Civ. Proc. Code § 377.34. Además, al igual que en las acciones por maltrato a personas mayores basadas en abuso físico o negligencia, la sección 3345 del Civil Code permite triplicar los daños punitivos en acciones por abuso financiero de personas mayores.

CAUSAR ANGUSTIA EMOCIONAL DE FORMA INTENCIONAL

El maltrato por parte de un centro residencial para personas mayores puede dar lugar a una acción por causar angustia emocional de forma intencional si:

  • Existe una conducta escandalosa del centro o de sus empleados que excede los límites de la decencia, de modo que no se debería esperar que ninguna persona razonable la soporte;
  • El residente efectivamente sufre angustia emocional grave;
  • La conducta del centro fue intencional o temeraria; y
  • La conducta le causó daños al residente.

Véase en general 5 Witkin, Summary of California Law, Torts §§ 449-461 (10th ed 2005).

Conforme a la sección 15657 del Welfare and Institutions Code, si se demuestra imprudencia temeraria, opresión, fraude o malicia en una acción por causar angustia emocional de forma intencional, se pueden recuperar honorarios de abogado y daños por dolor y sufrimiento después del fallecimiento.

Con este fundamento se pueden recuperar daños punitivos si se prueba con pruebas claras y convincentes que el demandado actuó con opresión, fraude o malicia. Cal. Civ. Code § 3294(a). Los daños punitivos se pueden triplicar si se cumplen los requisitos legales de la sección 3345 del Civil Code.

AGRESIÓN FÍSICA (BATTERY)

Cuando un residente de un centro residencial para personas mayores sufre abuso físico, puede existir una acción por agresión física (battery). Una acción por agresión física requiere un contacto intencional, no impugnado y dañino u ofensivo con la persona del residente. Véase la California Civil Jury Instruction 1300 (Instrucción al jurado civil de California).

FRAUDE/DECLARACIONES FALSAS

En el contexto de un centro residencial para personas mayores, son comunes las declaraciones falsas a los residentes y sus familiares. Los casos de publicidad engañosa, declaraciones falsas a la familia, registros falsificados y promesas incumplidas pueden dar lugar a una acción por fraude o declaraciones falsas.

PRÁCTICAS COMERCIALES DESLEALES, ILÍCITAS O FRAUDULENTAS

La sección 17200 del Business and Professions Code (Código de Negocios y Profesiones), que forma parte de la Unfair Competition Law (Ley de competencia desleal), prohíbe los actos o prácticas comerciales ilícitos; los actos o prácticas comerciales desleales; los actos o prácticas comerciales fraudulentos; la publicidad desleal, engañosa, falsa o que induzca a error; y cualquier acto prohibido por las secciones 17500-17577.5 del Business and Professions Code. Cualquier persona que haya sufrido un perjuicio tiene legitimación para presentar una acción conforme a la Unfair Competition Law. Cal. Bus. & Prof. Code § 17204.

Según la sección 17203 del Business and Professions Code (Código de Negocios y Profesiones), “[t]odo tribunal podrá dictar las órdenes o sentencias, incluido el nombramiento de un administrador judicial, que sean necesarias para impedir que cualquier persona utilice o emplee cualquier práctica que constituya competencia desleal, según se define en este capítulo, o que sean necesarias para restituir a cualquier persona interesada cualquier dinero o bien, inmueble o mueble, que se haya adquirido mediante dicha competencia desleal”.

Aunque con este fundamento solo se pueden obtener recursos de equidad, es posible obtener una recuperación monetaria sustancial mediante el recurso de restitución. Kraus v. Trinity Mgmt. Servs., 23 Cal. App. 4th 116 (2000). Los recursos por prácticas comerciales desleales, ilícitas o fraudulentas son acumulativos entre sí y con otros recursos disponibles conforme a otras leyes. Cal. Bus. & Prof. Code § 17205. Cuando se cometen actos de competencia desleal contra personas mayores o personas con discapacidad, la sección 17206.1 del Business and Professions Code permite sanciones civiles adicionales de hasta $2,500 por cada infracción.

Se pueden otorgar honorarios de abogado conforme a la sección 1021.5 del Code of Civil Procedure (Código de Procedimiento Civil), que autoriza el pago de honorarios de abogado cuando la acción da como resultado el cumplimiento de un derecho que afecta el interés público. Véase Hewlett v. Squaw Valley Ski Corp., 54 Cal.App.4th 499, 543 (1997).

PRÁCTICAS ENGAÑOSAS CONFORME A LA CONSUMERS LEGAL REMEDIES ACT

Conforme a la Consumer Legal Remedies Act (Ley de recursos legales del consumidor), es ilegal que un centro de enfermería anuncie que sus servicios tendrán un estándar, calidad o nivel determinado si en realidad son de otro estándar, calidad o nivel. Cal. Civ. Code § 1770(a)(7). Un centro de enfermería declara que cumple con los estándares de licencia para los servicios que presta. Si el asilo de ancianos no cumple con el estándar adecuado, puede existir una acción conforme a la Consumer Legal Remedies Act.

La Consumer Legal Remedies Act (Ley de Recursos Legales para el Consumidor) ofrece recursos considerables, entre ellos daños reales, una orden judicial que prohíba la práctica ilegal, restitución, daños punitivos y cualquier otra reparación que el tribunal considere apropiada. Cal. Civ. Code § 1780. Conforme a la sección 1780(c) del Código Civil, se pueden otorgar daños reales triplicados cuando se cobra un honorario irrazonable por ayudar a obtener servicios sociales. También se pueden otorgar daños triplicados cuando una persona de la tercera edad o con discapacidad es víctima de prácticas comerciales desleales o engañosas, conforme a la sección 3345(b) del Código Civil. Además, a un consumidor de 65 años de edad o más, o con discapacidad, se le pueden otorgar $5,000 si el tribunal llega a ciertas determinaciones conforme a la sección 1780(b) del Código Civil, y al demandante que gane el caso se le otorgarán los honorarios de abogados y las costas conforme a la sección 1780(e) del Código Civil.

VIOLACIONES DE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES

La sección 1430 del Código de Salud y Seguridad otorga a los residentes actuales o anteriores de un Skilled Nursing Facility (centro de enfermería especializada) la legitimación para demandar por violaciones de los derechos de los residentes establecidos en las leyes federales o estatales.

Conforme a la sección 1430(b) del Código de Salud y Seguridad, quien viole los derechos de un paciente es responsable de pagar hasta $500 por cada violación, además de los honorarios de abogados y las costas, y se le puede prohibir por orden judicial que continúe con la violación.

CAUSA DE ACCIÓN CONFORME A LA SECCIÓN 368 DEL CÓDIGO PENAL

Por lo general, la violación de una ley penal que incorpora una política pública da lugar a una acción legal, aunque la ley penal no establezca un recurso civil específico. Véase Civ. Code §1428. La víctima de un delito puede presentar una demanda civil contra el autor del delito cuando la víctima pertenece a la categoría de personas que la ley penal busca proteger. Véase Angie M. v. Super. Ct., 37 Cal. App. 4th 1217, 1224 (1995).

Preguntas frecuentes

¿Qué derechos tienen los residentes de la tercera edad en un centro residencial para personas mayores?

Las personas de la tercera edad suelen ser muy vulnerables al abuso y la negligencia mientras viven en un centro residencial para personas mayores. Si una persona mayor sufre abuso y negligencia por parte de un centro o de sus empleados, podría tener derecho a recursos conforme a la ley. Las regulaciones federales y estatales establecen pautas que los centros deben seguir y, si un centro no cumple con estas regulaciones, el residente podría tener derecho no solo a compensación y a otros recursos, sino también a una indemnización póstuma por dolor y sufrimiento, al pago obligatorio de honorarios de abogados y costas, y a daños triplicados.

¿Qué tipos de centros residenciales para personas mayores existen?

California clasifica dos tipos de centros residenciales para personas mayores en los que puede haber abuso y negligencia: el Skilled Nursing Facility (centro de enfermería especializada, a menudo llamado “asilo de ancianos”) y el Residential Care Facility for the Elderly (centro de cuidado residencial para personas mayores, comúnmente conocido como “vivienda asistida”), y cada centro debe seguir un conjunto específico de normas y regulaciones.

¿Qué es un Skilled Nursing Facility?

Un Skilled Nursing Facility (centro de enfermería especializada) se define como un centro de salud que brinda atención de enfermería especializada y cuidados de apoyo a pacientes cuya necesidad principal es contar con atención de enfermería especializada por un período prolongado. Los residentes de los Skilled Nursing Facilities dependen del operador y del personal del centro para casi todos los aspectos de su vida diaria, incluidos la comida, los medicamentos, la ropa de cama, el alojamiento y la atención médica.

¿Qué es un Residential Care Facility for the Elderly?

Un Residential Care Facility for the Elderly (centro de cuidado residencial para personas mayores) es una opción de vivienda elegida voluntariamente por personas de 60 años de edad o más, o por su representante autorizado, donde se brindan distintos niveles e intensidades de cuidado, supervisión, supervisión protectora o cuidado personal según sus necesidades; es un punto intermedio entre la vida independiente y los asilos de ancianos, y tiene muchas de las mismas obligaciones hacia los residentes que los centros de enfermería.

¿Cuál es la diferencia principal entre los Skilled Nursing Facilities y los Residential Care Facilities?

La diferencia principal es que los Skilled Nursing Facilities tienen licencia como proveedores de atención médica, mientras que los Residential Care Facilities no; como los RCFE no son proveedores de atención médica con licencia, no están sujetos a la Medical Injury Compensation Reform Act of 1975 (MICRA). Sin embargo, ambos tipos de centros están sujetos a la Elder Abuse and Dependent Adult Civil Protection Act (EADACPA).

¿Qué es la Elder Abuse and Dependent Adult Civil Protection Act (EADACPA)?

La EADACPA (Ley de Protección Civil contra el Abuso de Personas Mayores y Adultos Dependientes) tiene como fin permitir que las personas interesadas contraten abogados para defender la causa de personas mayores y adultos dependientes que han sufrido abuso; define como persona mayor a cualquier persona que resida en California y tenga 65 años o más, y define el abuso como el abuso físico, la negligencia, el abuso financiero, el abandono, el aislamiento, el secuestro u otro trato que cause daño físico, dolor o sufrimiento mental, así como la privación, por parte de un cuidador, de bienes o servicios necesarios para evitar daño físico o sufrimiento mental.

¿Qué derechos garantiza la Skilled Nursing and Intermediate Care Facility Patients’ Bill of Rights?

La Patients’ Bill of Rights (Carta de Derechos de los Pacientes) establece los derechos humanos fundamentales de todos los pacientes en centros de enfermería especializada, de cuidado intermedio o de cuidados paliativos, incluidos el derecho a una atención de calidad, personal suficiente, cuidado de la higiene, menor incidencia de incontinencia y úlceras por presión, alimentación adecuada, un programa de actividades que satisfaga sus necesidades y un sistema de llamado de enfermería que funcione; también adopta las regulaciones federales sobre los derechos de los residentes, la admisión, el traslado, los derechos en caso de alta y la calidad de vida.

¿Qué servicios básicos deben brindar los Residential Care Facilities for the Elderly?

Los RCFE deben brindar alojamiento y servicios seguros y saludables; tres comidas nutritivas con refrigerios al día; ayuda con las actividades de la vida diaria (vestirse, bañarse, comer, tomar medicamentos); observación regular de la condición física y mental; arreglos para atender las necesidades de salud, incluido el transporte; actividades sociales y recreativas; ayuda para acceder a servicios de apoyo; conocimiento del paradero general del residente; y supervisión para garantizar su salud, seguridad y bienestar en general.

¿Qué fundamentos legales de indemnización pueden existir contra los centros de cuidado para personas mayores?

Existen varias causas de acción contra los asilos de ancianos y los centros de cuidado residencial, incluidas las demandas por negligencia (con una presunción de negligencia per se si se violan las regulaciones), las demandas por abuso de personas mayores conforme a la EADACPA, la imposición intencional de angustia emocional, la agresión física (battery) por abuso físico, el fraude o la tergiversación, y los reclamos conforme a las leyes sobre prácticas comerciales desleales, ilegales o fraudulentas.

¿Pueden los residentes obtener daños aumentados por abuso de personas mayores?

Conforme a la EADACPA, si el demandante demuestra con pruebas claras y convincentes que un centro cometió abuso físico o negligencia con imprudencia temeraria, opresión, fraude o malicia, el tribunal debe otorgar honorarios de abogados razonables y daños póstumos por dolor y sufrimiento; también se pueden otorgar daños punitivos, que pueden triplicarse cuando se cumplen los requisitos legales.

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