El derecho del inquilino a reparar y descontar, y a retener la renta según la ley de California

AUTOR(ES)

Joseph Tobener

Abogado de inquilinos y profesor adjunto de Derecho

Joseph Tobener

Más de 22 años de ejercicio de la abogacía. Socio de un bufete especializado en la defensa de inquilinos. Ha aparecido en The New York Times, Reuters, Wired y Los Angeles Times.

INFORMACIÓN VERIFICADA POR:

Christina Collins

Abogado de inquilinos en California

Christina Collins

18 años de ejercicio de la abogacía. Abogado asociado. Juris Doctor por la Golden Gate University School of Law.

Jacqueline Ravenscroft

Abogado de inquilinos en California

Jacqueline Ravenscroft

Más de 12 años de ejercicio de la abogacía. Socio de un bufete especializado en la defensa de inquilinos. Instructor de derecho de propietarios e inquilinos en la Universidad Estatal de San Francisco. Ha aparecido en el San Francisco Chronicle y en Plaintiff Magazine.

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¿Cuándo puede un inquilino reparar y descontar?

Según la ley de California, un inquilino puede reparar y descontar. Código Civil § 1942 [1]. Sin embargo, este recurso solo debe usarse cuando el inquilino cumple con todos los requisitos de la ley de reparar y descontar. Si un inquilino repara y descuenta sin seguir las estrictas pautas de la ley de reparar y descontar de California, es probable que reciba un aviso de tres días para pagar la renta o desocupar, seguido de una demanda de desalojo. Un inquilino que retiene la renta sin cumplir los requisitos de la sección 1942 del Código Civil está violando la ley de California y podría enfrentar una demanda de desalojo.

Según la sección 1942 del Código Civil, un inquilino solo puede reparar y descontar si cumple con todos los siguientes requisitos:

  1. El inquilino ha notificado con anticipación razonable al propietario o a su agente su intención de reparar y descontar; se presume que un aviso de treinta días es razonable;
  2. El costo de la reparación es menor que un mes de renta;
  3. El inquilino no ha hecho más de dos descuentos en doce meses;
  4. El problema que requiere reparación hace que la vivienda sea inhabitable; y
  5. El inquilino no fue responsable de la condición. Código Civil §§ 1929 & 1941.2 [2]

Por ley, una unidad se define como no habitable si carece de cualquiera de lo siguiente: calefacción, electricidad, agua corriente fría y caliente, impermeabilización eficaz, ventanas y puertas sin roturas, sistema de alcantarillado e instalaciones de baño que funcionen correctamente, ausencia de ratas, ratones, cucarachas y escombros, pisos, escaleras y barandales seguros, y un número adecuado de botes de basura. Civil Code § 1941.1 [3]

¿Cuáles son los riesgos de reparar y deducir o de retener la renta?

Si un inquilino retiene la renta sin cumplir con todos los requisitos de la ley de reparar y deducir, el inquilino recibirá un aviso de tres días para corregir o desalojar. Si el inquilino no paga la renta dentro de los tres días, recibirá una demanda de desalojo. Aun si el inquilino cumple con todos los requisitos de la ley de reparar y deducir, el propietario de todos modos puede entregar un aviso de tres días y presentar una demanda de desalojo. En el proceso de desalojo, el propietario argumentará que el inquilino causó el problema de reparación o que el propietario estaba respondiendo con prontitud. Después de haber litigado más de 1000 casos de inquilinos, nuestra firma casi nunca recomienda que un inquilino retenga la renta.

¿Cuáles son las alternativas a reparar y deducir?

Dados los riesgos del recurso de reparar y deducir y de retener la renta, los inquilinos deben considerar las siguientes alternativas. Para un análisis más detallado de estos recursos, consulte nuestro artículo titulado Cómo obligar a su propietario a hacer reparaciones.

  1. Hacer que el inspector de construcción local emita una citación al propietario.
  2. Mudarse y presentar una demanda por falta de reparaciones y por desalojo implícito (constructive eviction) y desalojo injustificado.
  3. Permanecer en la unidad y presentar una demanda por falta de reparaciones.

Nuestra firma ha recuperado más de $50 millones contra propietarios que no dan mantenimiento a sus unidades y que de otras formas maltratan a los inquilinos. Si cree que tiene un caso contra su propietario por no hacer reparaciones, comuníquese hoy mismo con nuestros abogados de inquilinos al 415-504-2165.

Referencias

    1. Civil Code section 1942

 

    1. Civil Code §§ 1929 & 1941.2

 

    1. Civil Code § 1941.1

 

 

 

Preguntas frecuentes

¿Qué es “reparar y deducir”?

“Reparar y deducir” es un recurso legal disponible para los inquilinos en California conforme a Cal. Civ. Code § 1942 que permite al inquilino hacer por su cuenta las reparaciones necesarias y deducir el costo de la renta futura cuando el propietario no repara, después de un aviso razonable, condiciones que afectan de manera importante la salud y la seguridad.

¿Cuándo puede un inquilino usar el recurso de reparar y deducir?

Un inquilino puede usar el recurso de reparar y deducir cuando el propietario no ha reparado condiciones que afectan de manera importante la salud y la seguridad del inquilino, después de que el inquilino le haya dado al propietario un aviso razonable por escrito sobre la reparación necesaria y una oportunidad razonable para hacerla.

¿Qué se considera una condición que afecta de manera importante la salud y la seguridad?

Las condiciones que afectan de manera importante la salud y la seguridad incluyen, entre otras, falta de calefacción, falta de agua caliente, cerraduras rotas, fugas de gas, desbordamientos de aguas negras, goteras graves en el techo, cables eléctricos expuestos, plagas y otras condiciones que hacen que la unidad sea insegura o no habitable.

¿Cuánto puede gastar un inquilino al reparar y deducir?

Según Cal. Civ. Code § 1942, la cantidad total que un inquilino puede deducir en cualquier período de 12 meses está limitada a un mes de renta.

¿Cuántas veces se puede usar el recurso de reparar y deducir?

Un inquilino puede usar el recurso de reparar y deducir no más de dos veces en cualquier período de 12 meses.

¿Los inquilinos deben dar aviso por escrito al propietario?

Sí. Antes de usar el recurso de reparar y deducir, el inquilino debe darle al propietario un aviso por escrito que identifique el problema y permitirle un tiempo razonable para hacer la reparación.

¿Qué se considera un tiempo razonable para que el propietario haga las reparaciones?

Lo que es “razonable” depende de la naturaleza y la gravedad del problema, pero se debe dar a los propietarios una oportunidad justa para atender, después del aviso por escrito, las condiciones que afectan de manera importante la salud y la seguridad.

¿Puede un inquilino deducir el costo total de la reparación?

Un inquilino puede deducir el costo de la reparación de la renta futura siempre que la cantidad no exceda el límite legal establecido en Cal. Civ. Code § 1942 y que la reparación haya sido necesaria para atender una condición que afecta de manera importante la salud y la seguridad.

¿Deben los inquilinos guardar registros de las reparaciones hechas bajo el recurso de reparar y deducir?

Sí. Los inquilinos deben guardar registros detallados de los costos de reparación, recibos, fotos de la condición, copias del aviso por escrito al propietario y cualquier otra documentación que respalde el uso del recurso de reparar y deducir.

¿Pueden los inquilinos sufrir represalias por usar el recurso de reparar y deducir?

No. Se prohíbe a los propietarios tomar represalias contra los inquilinos por ejercer sus derechos legales, incluido el derecho a usar el recurso de reparar y deducir conforme a Cal. Civ. Code § 1942.

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