La Ciudad de Glendale promulgó recientemente la Ordenanza de Causa Justa y Desalojo por Represalia. La ordenanza prohíbe desalojar a un inquilino a menos que el propietario tenga una causa justa para hacerlo, otorga beneficios de reubicación a los inquilinos que reciben aumentos de renta grandes y se mudan como consecuencia, exige que se ofrezca a los inquilinos un contrato de arrendamiento de un año y prohíbe que los propietarios tomen represalias contra los inquilinos.
Abogados de inquilinos en Glendale
Tobener Ravenscroft LLP es el bufete líder en derechos de inquilinos en California y ha estado en funcionamiento por más de veinte años. El bufete atiende a inquilinos en Glendale y se enfoca en desalojos injustificados, problemas de reparación persistentes, acoso por parte del propietario, discriminación contra inquilinos, acoso sexual por parte del propietario y lesiones causadas por el propietario.
¿Qué propiedades están cubiertas por la Ordenanza de Causa Justa y Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale?
La ordenanza de la Ciudad se aplica a casi todos los edificios con tres o más unidades. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.020. Las siguientes propiedades están exentas:
- Propiedades que tienen dos unidades o menos (como casas unifamiliares no divididas o dúplex).
- Habitaciones o alojamientos en hoteles, casas de huéspedes o pensiones que se alquilan a huéspedes transitorios por un período de menos de treinta días consecutivos.
- Habitaciones o alojamientos en un hospital, convento, monasterio, iglesia, centro religioso, centro de cuidados prolongados, asilo u hogar para personas mayores sin fines de lucro.
- Dormitorios que son propiedad de una institución de educación superior, escuela secundaria o escuela primaria y que son operados por ella.
- Unidades dentro de un desarrollo de interés común, excepto cuando el propietario de la unidad de alquiler es dueño del 50% o más de las unidades del desarrollo de interés común.
- Unidades que son propiedad de cualquier agencia gubernamental u operadas por ella, o cuya renta está subsidiada mediante programas como Section 8.
- Unidades que requieren admisión, gestión de casos o consejería como parte de la ocupación.
- Unidades sujetas a un acuerdo de vivienda con bono de densidad, vivienda inclusiva o vivienda asequible que restringe la renta que se puede cobrar por esa unidad.
¿Pueden los inquilinos renunciar a sus derechos según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale?
No. Cualquier disposición en un contrato de arrendamiento o de alquiler que haga renunciar a un inquilino a sus derechos según la ordenanza es contraria al orden público y nula. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.110.
REGULACIÓN DE AUMENTOS DE RENTA SEGÚN LA ORDENANZA DE CAUSA JUSTA Y DESALOJO POR REPRESALIA DE LA CIUDAD DE GLENDALE
¿Tiene la Ordenanza de Causa Justa y Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale una disposición de control de rentas?
No. La Ciudad de Glendale no tiene una ley de control de rentas que limite cuánto se puede aumentar la renta de un inquilino cada año. Sin embargo, la ordenanza tiene disposiciones que buscan regular los aumentos de renta injustos y por encima del mercado de las siguientes maneras:
- A los inquilinos que viven en un edificio con al menos cinco unidades se les debe ofrecer una renovación del contrato de arrendamiento por un año cada vez que el propietario entregue un aviso de aumento de renta; y
- Los inquilinos que viven en un edificio con tres o más unidades con un certificado de ocupación anterior al 1 de febrero de 1995, y a quienes se les notifica un aumento de renta del 7% o más, tienen derecho a asistencia de reubicación (consulte las secciones a continuación sobre los montos) si deciden mudarse debido al aumento y desocupan la unidad dentro de los catorce días siguientes a la notificación del aumento de renta. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.022.
¿Permite la Ordenanza de Causa Justa y Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale que un propietario “acumule” aumentos de renta?
Sí. Los propietarios pueden optar por aplazar aumentos anuales de renta de hasta el 7% por año durante un máximo de tres años consecutivos (o un aplazamiento máximo del 21%). Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.033(B). Si un propietario acumula aumentos de renta y luego aumenta la renta en más del 15%, el inquilino puede optar por desocupar la unidad y recibir asistencia de reubicación. Id. La asistencia de reubicación en estas condiciones solo se aplica a los inquilinos que viven en una unidad con un certificado de ocupación con fecha anterior al 1 de febrero de 1995. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.033(C).
¿Está mi arrendamiento cubierto por la Ley de Protección de Inquilinos de 2019 del Estado de California (Tenant Protection Act of 2019) para efectos del control de rentas?
Debido a que la Ciudad de Glendale no tiene una ordenanza de control de rentas, la Ley de Protección de Inquilinos de California de 2019 (“Control de Rentas de California”) se aplica a todas las unidades en Glendale que cumplan con los requisitos del control de rentas estatal. En general, su arrendamiento podría estar cubierto por el control de rentas estatal si vive en un edificio de varias unidades que tenga al menos quince años de antigüedad y ha residido en la unidad durante al menos un año. Lea nuestra guía para determinar si su unidad está cubierta por las protecciones de límite de renta del Control de Rentas del Estado de California .
PROTECCIONES CONTRA EL DESALOJO SEGÚN LA ORDENANZA DE CAUSA JUSTA Y DESALOJO POR REPRESALIA DE LA CIUDAD DE GLENDALE
¿Está mi arrendamiento cubierto por la Ley de Protección de Inquilinos de 2019 del Estado de California o por la Ordenanza de Causa Justa y Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Las protecciones de desalojo por causa justa de la Ley de Protección de Inquilinos de California de 2019 (“Control de Rentas de California”) se aplican a todas las unidades en la Ciudad de Glendale que no estén cubiertas por la Ordenanza de Causa Justa y Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale y que, por lo demás, cumplan con los requisitos del control de rentas estatal. En general, las protecciones de desalojo por causa justa de la ciudad se aplican a la mayoría de los edificios que tienen tres o más unidades. Si su edificio en Glendale tiene menos de tres unidades (por ejemplo, es una casa unifamiliar o un dúplex) o es una de las otras unidades exentas según la ordenanza de la Ciudad, lea nuestra guía para determinar si su unidad está cubierta por las protecciones de desalojo por causa justa del Control de Rentas del Estado de California .
¿Cuáles son las causas justas de desalojo según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Un propietario debe tener una causa justa para terminar un arrendamiento en Glendale si la unidad está cubierta (normalmente, propiedades con tres o más unidades). Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.030. Si un propietario no tiene uno de los motivos permitidos para el desalojo, no puede obligar a un inquilino a dejar su hogar.
Los siguientes son los motivos de desalojo por culpa del inquilino:
- El inquilino no ha pagado la renta.
- El inquilino ha violado el contrato de arrendamiento o de alquiler después de que el propietario le notificara la violación.
- El inquilino ha permitido o cometido una molestia pública (nuisance), ha dañado la unidad o la propiedad, o ha interferido con la comodidad, la seguridad o el disfrute de las demás residencias dentro de un radio de 1,000 pies del límite de la propiedad.
- El inquilino está usando la unidad para algún fin ilegal, o ha cometido un acto ilegal dentro de un radio de 1,000 pies del límite de la propiedad.
- La persona que ocupa la unidad de alquiler al final del plazo del contrato de arrendamiento es un subinquilino no aprobado por el propietario.
- El inquilino le ha negado al propietario el acceso razonable a la unidad.
Los siguientes son los motivos de desalojo sin culpa del inquilino:
- El propietario busca de buena fe recuperar la posesión de la unidad para demolerla o demoler el edificio, o planea realizar obras en el edificio o en la unidad que harán que la unidad quede inhabitable durante al menos treinta días, y el costo de las obras es de al menos ocho veces el monto de la renta mensual multiplicado por el número de unidades de alquiler en las que se trabajará.
- El propietario busca de buena fe recuperar la posesión de la propiedad para ocuparla él mismo, para que la ocupen su cónyuge, hijos, nietos, padres o abuelos, o para que la ocupe un administrador residente. (Desalojo para que se mude el dueño, un familiar o un administrador residente).
- El propietario busca de buena fe recuperar la posesión de la propiedad para que la ocupen inquilinos que requieren gestión de casos o asesoramiento como parte de su arrendamiento.
- El propietario busca de buena fe recuperar la posesión para retirar la unidad de alquiler de forma permanente del uso como vivienda de alquiler conforme a la ley estatal.
- El propietario busca de buena fe recuperar la posesión de la unidad de alquiler para cumplir con una orden de desalojo de una agencia gubernamental.
- Para cumplir con un acuerdo contractual con una entidad gubernamental relacionado con los requisitos del arrendamiento, cuando el inquilino ya no cumple con dichos requisitos.
- El inquilino continúa fumando en una unidad para no fumadores o en áreas comunes donde está prohibido fumar. Id.
¿Agregar un ocupante a una unidad es una causa justa de desalojo según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
No. Sin embargo, los propietarios tienen derecho a aprobar o rechazar a un ocupante adicional, a menos que se trate de un hijo dependiente que se muda a la unidad. Id. El propietario no puede negar sin motivo razonable a los ocupantes adicionales. Id. La ordenanza no especifica el procedimiento que debe seguir un inquilino para solicitar la aprobación del propietario ni qué recursos tiene el inquilino si la solicitud se le niega sin motivo razonable.
¿Qué requisitos debe cumplir el propietario para desalojar a un inquilino para que se mude el dueño, un familiar o un administrador residente según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
El dueño debe ser una persona física (no una corporación, sociedad colectiva, sociedad limitada, asociación ni compañía fiduciaria). Id. La ordenanza no especifica qué porcentaje de la propiedad debe poseer el propietario, el plazo que tiene el dueño para ocupar la unidad después de que el inquilino la desocupe, cuánto tiempo debe vivir el dueño en la propiedad, ni si el inquilino tiene derecho a volver a ocupar la unidad si se ofrece nuevamente en alquiler. Salvo en el caso de la mudanza de un administrador residente, la ordenanza no especifica si la existencia de una unidad vacía disponible impide que el dueño o un familiar se mude a una unidad ocupada.
El desalojo para que se mude un administrador residente solo se permite cuando no hay unidades vacías disponibles para ocupar. Id. Si ya vive un administrador residente en la propiedad, el propietario no podrá realizar un desalojo para la mudanza de un administrador residente en ninguna otra unidad y solo podrá desalojar al administrador residente actual para reemplazarlo por uno nuevo. Id.
¿Con cuánta anticipación deben notificarme un desalojo para que se mude el dueño, un familiar o un administrador residente según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Si usted ha vivido en la unidad durante un año o más, tiene derecho a un aviso por escrito con sesenta días de anticipación. Cal. Civ. Code § 1946.1. Si ha vivido en la unidad menos de un año, tiene derecho a un aviso por escrito con treinta días de anticipación. Id.
¿Está protegido un inquilino contra un desalojo para que se mude el dueño, un familiar o un administrador residente según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale si es una persona mayor o tiene una discapacidad?
No. Lamentablemente, la ordenanza de la Ciudad de Glendale no especifica si un inquilino tiene protección contra la mudanza del dueño, un familiar o un administrador residente según su edad o discapacidad.
¿Qué requisitos debe cumplir el propietario para desalojar a un inquilino mediante un desalojo conforme a la Ellis Act según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
La ordenanza de la Ciudad no agrega requisitos a la ley estatal que orienten sobre los procedimientos que debe seguir un propietario para retirar su propiedad del mercado de alquiler en Glendale. Por lo general, se deben retirar o demoler todas las unidades de un edificio, incluso las desocupadas, y el edificio quedará sujeto a estrictas restricciones para volver a alquilarse.
¿Con cuánta anticipación deben notificarme un desalojo conforme a la Ellis Act según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Los inquilinos tienen derecho a un aviso de 120 días, a menos que sean inquilinos protegidos, lo que les daría derecho a una extensión de un año. Cal. Gov. Code § 7060.4.
¿Estoy protegido contra un desalojo conforme a la Ellis Act según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Por lo general, los inquilinos no están protegidos contra un desalojo conforme a la Ellis Act, pero un inquilino puede tener derecho a un período de aviso más largo si es una persona mayor o tiene una discapacidad. Id. Si usted tiene al menos 62 años o tiene una discapacidad según la definición de la Sección 12955.3 del Government Code y ha vivido en su unidad de alquiler durante al menos un año, es posible que tenga derecho a una extensión de un año. Id. Para solicitar la extensión, debe entregar a su propietario un aviso por escrito dentro de los 60 días siguientes a la presentación del aviso de intención de retiro del propietario. Id.
ASISTENCIA DE REUBICACIÓN SEGÚN LA ORDENANZA DE CAUSA JUSTA Y DESALOJOS POR REPRESALIA DE LA CIUDAD DE GLENDALE
¿Cuándo tiene derecho un inquilino a beneficios de reubicación según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
La mayoría de los inquilinos que viven en un edificio de al menos tres unidades y que son desalojados por un motivo sin culpa o que han recibido un aumento de renta del 7% o más reúnen los requisitos para recibir asistencia de reubicación, como se detalla a continuación. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.035.
¿Hay inquilinos excluidos según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale de recibir asistencia de reubicación después de ser desalojados por un motivo sin culpa?
Sí, algunos inquilinos están excluidos de recibir asistencia de reubicación después de un desalojo sin culpa. Los arrendamientos excluidos de esta disposición son los siguientes:
- Propiedades con dos unidades o menos (como casas unifamiliares no divididas o dúplex).
- Unidades de vivienda accesorias (como unidades para familiares con permiso, estructuras en el patio trasero, garajes convertidos o sótanos).
- Unidades en las que, antes de iniciar el arrendamiento, el propietario entregó al inquilino un aviso por escrito de que había solicitado a la ciudad, o la ciudad le había aprobado, subdividir la propiedad y convertir la unidad en condominios, una cooperativa de acciones o un apartamento comunitario, y de que, como resultado, el inquilino tendría que reubicarse.
- Administradores residentes desalojados para que un nuevo administrador residente pueda mudarse a la unidad.
- Cuando una orden de una agencia gubernamental exige que el inquilino desocupe debido a condiciones peligrosas causadas por un desastre natural o un caso fortuito.
- Cuando el inquilino ya recibió de una agencia gubernamental, debido al desalojo, asistencia de reubicación igual o mayor a la que establece la ordenanza.
Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.035.
¿A cuánta asistencia de reubicación tiene derecho un inquilino según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale cuando es desalojado por un motivo sin culpa?
En los desalojos sin culpa, los inquilinos tienen derecho a un pago de reubicación equivalente a dos veces la renta justa de mercado establecida por HUD para una unidad comparable en Los Angeles County, más $1,000 adicionales. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.035.
¿Hay inquilinos excluidos según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale de recibir asistencia de reubicación cuando un aumento grande de renta los obliga a desocupar?
Sí. Un inquilino que recibe un aumento de renta del 7% o más solo reúne los requisitos para recibir asistencia de reubicación (como se detalla a continuación) cuando el edificio en el que vive tiene al menos tres unidades y cuenta con un certificado de ocupación emitido antes del 1 de febrero de 1995. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.035.
¿A cuánta asistencia de reubicación tiene derecho un inquilino según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale cuando se ve obligado a mudarse por un aumento grande de renta?
Cuando un inquilino desocupa debido a un aumento sustancial de renta del 7% o más, el propietario debe pagar los siguientes montos de reubicación:
- En propiedades de tres y cuatro unidades, el inquilino recibirá tres veces su renta actual, sin importar cuánto tiempo haya vivido en la unidad.
- En propiedades de cinco o más unidades, el monto dependerá de los ingresos del hogar del inquilino y de la duración del arrendamiento.
- A los inquilinos que han vivido en la unidad tres años o menos se les pagará tres veces el monto de la renta después del aumento.
- A los inquilinos cuyos ingresos del hogar sean inferiores al Ingreso Medio del Área (AMI) de Los Angeles County se les pagará el resultado de multiplicar el número de años que vivieron en la unidad por la renta propuesta.
- A los inquilinos que ocuparon una unidad de 0 a 3 años se les pagará tres veces el monto de la renta después del aumento.
- A los inquilinos que ocuparon una unidad de 3 a 4 años se les pagará cuatro veces el monto de la renta después del aumento.
- A los inquilinos que ocuparon una unidad de 4 a 5 años se les pagará cinco veces el monto de la renta después del aumento.
- A los inquilinos que ocuparon una unidad por más de 5 años se les pagará seis veces el monto de la renta después del aumento.
Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.035.
¿Todos los inquilinos de la unidad reciben beneficios de reubicación según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Los inquilinos deben saber que los pagos de reubicación son por unidad, no por inquilino. Si hay más de un inquilino en la unidad, cada uno tendrá derecho a una parte proporcional del pago. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.035.
¿Cuándo se pagan los beneficios de reubicación a un inquilino según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Cuando un inquilino debe desocupar debido a un desalojo sin culpa, se le debe pagar la mitad de la reubicación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrega del aviso de terminación, y la otra mitad dentro de los cinco días hábiles siguientes a que el inquilino desocupe. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.035.
Cuando un inquilino desocupa debido a un aumento grande de renta, se le debe pagar la mitad de la reubicación dentro de los cinco días hábiles siguientes al aviso por escrito del inquilino sobre su intención de desocupar, y la otra mitad dentro de los cinco días hábiles siguientes a que el inquilino desocupe. Id. Si el inquilino no desocupa la unidad, debe devolver los pagos de reubicación al propietario. Id.
Si un inquilino vive en una unidad ilegal o sin permiso, ¿reúne los requisitos para recibir asistencia de reubicación según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Sí. Siempre que el arrendamiento cumpla con todos los demás requisitos de la ordenanza para recibir asistencia de reubicación, el propietario debe pagar la reubicación sin importar si la unidad de alquiler se creó en violación de alguna disposición legal. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.035.
LOS INQUILINOS TIENEN DERECHO A UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN AÑO SEGÚN LA ORDENANZA DE CAUSA JUSTA Y DESALOJOS POR REPRESALIA DE LA CIUDAD DE GLENDALE
¿Cuándo debe el propietario ofrecer a un inquilino un contrato de arrendamiento por escrito de un año según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
La ordenanza exige que el propietario ofrezca la renovación de un contrato de arrendamiento por escrito de un año si entrega un aviso de aumento de renta a un inquilino que vive en un edificio de al menos cinco unidades. Glendale, Cal. Mun. Code§ 9.30.025. Los propietarios de Glendale no están obligados a ofrecer un contrato de arrendamiento de un año a los inquilinos actuales que estén atrasados en el pago de la renta. Id.
Además, a todos los inquilinos nuevos y potenciales se les debe ofrecer un contrato de arrendamiento por escrito de un año al inicio de su arrendamiento. Id.
¿Qué inquilinos no tienen derecho a que el propietario les ofrezca un contrato de arrendamiento por escrito de un año según la Ordenanza de Causa Justa y Desalojos por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Los siguientes inquilinos no tienen derecho a recibir de su propietario una oferta por escrito de contrato de arrendamiento de un año:
- Inquilinos que viven en una propiedad con menos de cinco unidades.
- Un subinquilino que renta de un inquilino principal.
- Inquilinos que son corporaciones.
- Inquilinos que son el administrador residente, siempre que exista un contrato de alquiler por escrito.
- Inquilinos que están atrasados en el pago de la renta cuando vence su contrato de arrendamiento original.
Glendale, Cal. Mun. Code§ 9.30.025.
¿Con cuánta anticipación tiene derecho un inquilino, según la Ordenanza de Causa Justa y de Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale, a recibir de su propietario una oferta por escrito de contrato de arrendamiento de un año?
El propietario debe ofrecer al inquilino un nuevo contrato de arrendamiento de un año al menos noventa días antes del vencimiento del contrato vigente. El aviso debe ser por escrito, debe ofrecer un plazo mínimo de un año, indicar el aumento de renta propuesto y brindar información sobre la asistencia de reubicación para ciertos aumentos de renta. Glendale, Cal. Mun. Code§ 9.30.025.
¿Cuánto tiempo tiene un inquilino para responder a la oferta de contrato de arrendamiento de un año según la Ordenanza de Causa Justa y de Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Una vez que el inquilino recibe a tiempo una oferta de renovación de un año, tendrá sesenta días para responder al propietario que acepta la oferta, o que la rechaza y planea desocupar la unidad o desea negociar un plazo más corto. Los inquilinos deben responder a la oferta del propietario por escrito; de lo contrario, la respuesta se considerará un rechazo de la oferta. Firmar el contrato de arrendamiento se considera una respuesta por escrito. Glendale, Cal. Mun. Code§ 9.30.025.
¿Qué sucede si un propietario no ofrece un contrato de arrendamiento de un año a un inquilino elegible según la Ordenanza de Causa Justa y de Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Si un propietario no ofrece un contrato de arrendamiento de un año a un inquilino que tiene derecho a la oferta, se le prohibirá al propietario aumentar la renta hasta que presente al inquilino un contrato de arrendamiento de un año por escrito. Glendale, Cal. Mun. Code§ 9.30.025.
LAS REPRESALIAS DEL PROPIETARIO ESTÁN PROHIBIDAS SEGÚN LA ORDENANZA DE CAUSA JUSTA Y DE DESALOJO POR REPRESALIA DE LA CIUDAD DE GLENDALE
¿Qué se considera represalia según la Ordenanza de Causa Justa y de Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale?
Los inquilinos están protegidos contra represalias de su propietario cuando hacen valer o ejercen sus derechos conforme a cualquier ley local, estatal o federal. Glendale, Cal. Mun. Code § 9.30.060.
Se presume que hay represalia cuando un propietario amenaza con desalojar a un inquilino, efectivamente lo desaloja, hace que el inquilino abandone involuntariamente una unidad de alquiler, entrega cualquier aviso de desalojo o aviso de terminación del arrendamiento, reduce cualquier servicio o aumenta la renta dentro de los 180 días posteriores a que el inquilino haya hecho valer o ejercido sus derechos conforme a la ley, haya solicitado o exigido una mediación o arbitraje, o haya participado en una demanda. Id.
La represalia será una defensa ante un unlawful detainer (una demanda de desalojo). Id.
SANCIONES PARA EL PROPIETARIO QUE VIOLA LA LEY
¿Puedo demandar a mi propietario por desalojo injustificado según la Ordenanza de Causa Justa y de Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale ?
Un inquilino que demanda a su propietario de Glendale por un desalojo injustificado en violación de la ordenanza puede reclamar al propietario el pago de los honorarios de abogado. Glendale, Cal. Mun. Code §9.30.050
¿Puedo demandar a mi propietario por represalia según la Ordenanza de Causa Justa y de Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale ?
Sí, un inquilino puede demandar a su propietario por daños reales y punitivos, y/o por una orden judicial (medida cautelar).
Glendale, Cal. Mun. Code §9.30.060.
Además, un propietario que viole esta disposición puede ser sancionado con una multa de hasta $250 por la primera infracción, y de hasta $500 por la segunda infracción dentro de un año. Glendale, Cal. Mun. Code §9.30.070. Si un propietario viola la ley por tercera vez en un año, será culpable de un delito menor (misdemeanor). Id. La Ordenanza de Causa Justa y de Desalojo por Represalia de la Ciudad de Glendale es relativamente nueva. Los inquilinos que tengan preguntas sobre la ley o que crean que su propietario ha violado la ordenanza deben llamar a Tobener Ravenscroft LLP al (415) 504-2165 para hablar con un abogado de inquilinos.