Propietarios que cobran alquileres abusivos durante el estado de emergencia

Combata los aumentos abusivos de renta tras los incendios de LA

AUTOR(ES)

Jacqueline Ravenscroft

Abogado de inquilinos en California

Jacqueline Ravenscroft

Más de 12 años de ejercicio de la abogacía. Socio de un bufete especializado en la defensa de inquilinos. Instructor de derecho de propietarios e inquilinos en la Universidad Estatal de San Francisco. Ha aparecido en el San Francisco Chronicle y en Plaintiff Magazine.

INFORMACIÓN VERIFICADA POR:

Joseph Tobener

Abogado de inquilinos y profesor adjunto de Derecho

Joseph Tobener

Más de 22 años de ejercicio de la abogacía. Socio de un bufete especializado en la defensa de inquilinos. Ha aparecido en The New York Times, Reuters, Wired y Los Angeles Times.

Christina Collins

Abogado de inquilinos en California

Christina Collins

18 años de ejercicio de la abogacía. Abogado asociado. Juris Doctor por la Golden Gate University School of Law.

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Cuando emergencias como incendios forestales, terremotos o pandemias alteran la vida diaria, los aumentos abusivos de renta son una práctica de explotación. Múdese pagando la renta más alta y luego use la Sección 396 del Código Penal de California para revertir el cobro excesivo y hacer que los propietarios sin escrúpulos rindan cuentas. Al firmar el contrato de arrendamiento al precio inflado para asegurar la vivienda, más adelante puede usar la ley para darle la vuelta a la situación.

Incendios de LA

¿Se trata de un aumento abusivo de renta?

  • Unidades ocupadas

Si usted ya rentaba una unidad al momento de la declaración de emergencia, su propietario no puede aumentarle la renta más de un 10% sobre la cantidad que pagaba antes de la declaración.

  • Unidades ofrecidas en alquiler

Si una unidad se anunció u ofreció en alquiler inmediatamente antes de la proclamación o declaración de emergencia, el propietario no puede aumentar el precio del alquiler más de un 10% del monto anunciado. En el caso de las unidades ofrecidas en alquiler en los 364 días anteriores a la declaración de emergencia, el propietario no puede aumentar el precio del alquiler más de un 10% del monto anunciado.

  • Unidades alquiladas por primera vez

En el caso de las unidades que no se alquilaron ni se ofrecieron en alquiler en los 365 días anteriores a la declaración de emergencia, los propietarios no pueden cobrar más del 160% del HUD Fair Market Rent (FMR, renta justa de mercado) para esa zona. Estas protecciones suelen durar 30 días después de la declaración de emergencia, pero pueden extenderse hasta un año si la emergencia continúa.

Excepciones que debe conocer

Los propietarios pueden justificar aumentos superiores a los límites del 10% o del 160% si presentan documentación válida que demuestre que el aumento está directamente relacionado con costos considerables de reparación o mejoras causados por la emergencia.

Pasos para combatir los alquileres abusivos

Paso 1: documente el cambio de precio

Reúna pruebas del alquiler anterior, como listados o anuncios, y compárelas con el alquiler inflado que le están cobrando. Tome capturas de pantalla, guarde los correos electrónicos o fotografíe cualquier anuncio físico como prueba.

Paso 2: mude a la vivienda pagando el alquiler más alto

Si es necesario, firme el contrato de arrendamiento con el alquiler más alto y abusivo para asegurar la vivienda. Esto le permitirá reunir más pruebas y, al mismo tiempo, tener un lugar seguro donde vivir durante la emergencia.

Paso 3: exija al propietario que baje el alquiler

Exija de manera cortés pero firme que el propietario baje el alquiler para cumplir con la Sección 396 del Código Penal de California. Entréguele las pruebas que ha reunido para respaldar su caso.

Paso 4: denuncie la infracción

Si el propietario se niega a cumplir, denuncie el presunto abuso de precios ante las autoridades correspondientes:

  • California Attorney General’s Office (Oficina del Fiscal General de California). Presente una queja en línea en oag.ca.gov/report o llame a su línea directa de Protección al Consumidor.
  • Autoridades policiales locales. Presente una denuncia ante el departamento de policía de su ciudad o la oficina del fiscal de distrito. Muchas jurisdicciones tienen líneas directas específicas para el abuso de precios.
  • Autoridades locales de vivienda. Muchos departamentos locales de vivienda pueden investigar las quejas por alquileres abusivos durante emergencias.

Paso 5: presente una demanda en la corte de reclamos menores

Presente una demanda en la corte de reclamos menores para recuperar el alquiler cobrado en exceso. La corte de reclamos menores es un foro favorable para los inquilinos en el que no puede ser representado por un abogado, y puede demandar hasta $12,500 por daños y perjuicios a partir de enero de 2024. Es una forma eficiente de buscar justicia sin incurrir en altos honorarios legales. Tenga en cuenta el plazo de prescripción o los plazos dentro de los cuales puede presentar su reclamo, o perderá para siempre el derecho a buscar una reparación.

Paso 6: contrate a un abogado si es necesario

Si el reclamo supera el límite de la corte de reclamos menores o requiere una intervención legal más compleja, consulte con una organización sin fines de lucro dedicada a los derechos de los inquilinos o contrate a un abogado con experiencia en derecho de vivienda para llevar su caso.

Conclusión

La Sección 396 del Código Penal de California ofrece protecciones esenciales contra los alquileres abusivos durante emergencias. Los inquilinos deben familiarizarse con estas normas, documentar cualquier presunta infracción y denunciar los aumentos ilegales de alquiler ante las autoridades correspondientes. Mantenerse informado y actuar con anticipación es clave para proteger sus derechos y asegurar una vivienda asequible en tiempos difíciles.

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