{"id":122811,"date":"2024-07-15T02:17:55","date_gmt":"2024-07-15T10:17:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/ordenanza-de-proteccion-de-inquilinos-residenciales-de-la-ciudad-de-san-diego\/"},"modified":"2025-10-29T11:27:29","modified_gmt":"2025-10-29T19:27:29","slug":"ordenanza-de-proteccion-de-inquilinos-residenciales-de-la-ciudad-de-san-diego","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/ordenanza-de-proteccion-de-inquilinos-residenciales-de-la-ciudad-de-san-diego\/","title":{"rendered":"Ordenanza de protecci\u00f3n de inquilinos residenciales de la ciudad de San Diego"},"content":{"rendered":"<div class=\"container\">\n<p>La Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos de la Ciudad de San Diego proh\u00edbe el desalojo de un inquilino a menos que el propietario tenga una base legal, proporciona beneficios de reubicaci\u00f3n para los desalojos sin culpa y regula las compras.<\/p>\n<\/div>\n<section class=\"cta block\">\n  <div class=\"cta__content\" style=\"background-image: linear-gradient(rgba(29, 54, 87, 0.95), rgba(29, 54, 87, 0.95)), url('https:\/\/www.tobenerlaw.com\/wp-content\/uploads\/2024\/08\/about-us.png');\">\n    <div class=\"container\">\n      \n      <h2>Abogados de inquilinos de San Diego<\/h2>\n\n      <p class=\"cta__content__text\">Tobener Ravenscroft LLP es el bufete de abogados l\u00edder en derechos de los inquilinos en California y ha estado en el negocio por m\u00e1s de veinte a\u00f1os. El bufete atiende a inquilinos en San Diego y se centra en desalojos injustos, problemas de reparaci\u00f3n intratables, acoso por parte del propietario, discriminaci\u00f3n de inquilinos, acoso sexual por parte del propietario y lesiones causadas por el propietario. <\/p>\n              <div class=\"cta__content__buttons\">\n          <a href=\"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/contact-us\/\" class=\"btn__primary\">\n            Cont\u00e1ctenos          <\/a>\n        <\/div>\n          <\/div>\n  <\/div>\n<\/section>\n<div class=\"container\">\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Regulaci\u00f3n del aumento del alquiler seg\u00fan la ordenanza de protecci\u00f3n de inquilinos de la ciudad de San Diego<\/h2>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\">\u00bfTiene la ciudad de San Diego una ordenanza que limite los aumentos de alquiler?<\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>No. La ciudad de San Diego no regula la cantidad en que se puede aumentar el alquiler de un inquilino. Sin embargo, los inquilinos de San Diego pueden tener control de alquileres en virtud de la Ley de Protecci\u00f3n de Inquilinos de California de 2019 (\u201cControl de Alquileres de California\u201d). Para las unidades cubiertas por las limitaciones del tope de alquiler del Control de Alquileres del Estado de California, un propietario solo puede aumentar el alquiler cada a\u00f1o en un 5% m\u00e1s el cambio porcentual anual en el \u00cdndice de Precios al Consumidor (\u201cIPC\u201d), hasta un m\u00e1ximo del 10%. La Ley de Protecci\u00f3n de Inquilinos de California se aplica a todas las unidades en San Diego que cumplen con los requisitos del control de alquileres estatal. En general, su tenencia puede estar sujeta al control de alquileres estatal si vive en un edificio de varias unidades que tiene al menos quince a\u00f1os y ha residido en la unidad durante al menos un a\u00f1o. Lea nuestra gu\u00eda para determinar si su unidad est\u00e1 cubierta por las <a href=\"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/california-rent-control\/\" data-type=\"link\" data-id=\"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/california-rent-control\/\">protecciones del tope de alquiler del Control de Alquileres del Estado de California<\/a>.       <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Protecciones contra el desalojo seg\u00fan la ordenanza de protecci\u00f3n de inquilinos de la ciudad de San Diego<\/h2>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfQu\u00e9 unidades tienen protecci\u00f3n contra el desalojo seg\u00fan la ordenanza de protecci\u00f3n contra el desalojo de San Diego?<\/strong><\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p> Las tenencias de todas las unidades construidas hace m\u00e1s de quince a\u00f1os est\u00e1n cubiertas por la protecci\u00f3n contra el desalojo en San Diego, a menos que la tenencia est\u00e9 sujeta a una de las siguientes exenciones. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0703.    <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>La ordenanza no se aplica a las siguientes propiedades: <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Hoteles de tr\u00e1nsito y tur\u00edsticos.<\/li>\n\n\n\n<li>Tenencias a corto plazo de menos de 30 d\u00edas, como Airbnb y VRBO.<\/li>\n\n\n\n<li>Arrendamientos por un plazo fijo de tres meses o menos.<\/li>\n\n\n\n<li>Vivienda asequible. Esta exenci\u00f3n no se aplica a los subsidios de la Secci\u00f3n 8 del Programa de Vales de Elecci\u00f3n de Vivienda. <\/li>\n\n\n\n<li>Casas m\u00f3viles cubiertas por la Ley de Residencia de Casas M\u00f3viles.<\/li>\n\n\n\n<li>Hospitales sin fines de lucro, instalaciones religiosas, centros de atenci\u00f3n prolongada, centros para ancianos, centros residenciales para adultos, viviendas de transici\u00f3n sin fines de lucro, dormitorios.<\/li>\n\n\n\n<li>Unidades donde el inquilino comparte un ba\u00f1o o cocina con el propietario en la residencia principal del propietario.<\/li>\n\n\n\n<li>Viviendas unifamiliares ocupadas por el propietario como el lugar de residencia principal del propietario, incluso donde la propiedad no tiene m\u00e1s de dos dormitorios, dos unidades de vivienda accesorias o dos unidades de vivienda accesorias junior.<\/li>\n\n\n\n<li>Unidades en propiedades con dos unidades separadas dentro de una sola estructura donde el propietario ha ocupado continuamente una de las unidades como residencia principal.<\/li>\n\n\n\n<li>Viviendas unifamiliares, condominios y casas m\u00f3viles que no est\u00e1n en un parque de casas m\u00f3viles, siempre y cuando el propietario no sea un fideicomiso de inversi\u00f3n en bienes ra\u00edces, una corporaci\u00f3n o una LLC que tenga una corporaci\u00f3n como miembro. Estas unidades solo est\u00e1n exentas de la protecci\u00f3n contra el desalojo donde el propietario proporcion\u00f3 un aviso por escrito de que la unidad est\u00e1 exenta. Para las tenencias que exist\u00edan antes del 1 de enero de 2024, el aviso puede proporcionarse en el contrato de arrendamiento, y para las tenencias que comenzaron o se renovaron despu\u00e9s del 1 de enero de 2024, el aviso debe proporcionarse en el contrato de arrendamiento.   Id.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\">\u00bfCu\u00e1les son las razones de causa justa para el desalojo seg\u00fan la ordenanza de protecci\u00f3n de inquilinos residenciales de San Diego?<\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Un propietario debe tener una raz\u00f3n de causa justa para rescindir una tenencia en la ciudad de San Diego. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0704. Si un propietario no tiene una de las razones permitidas para el desalojo, no puede obligar a un inquilino a abandonar su hogar.    <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Las siguientes son las razones de causa justa para el desalojo:<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Falta de pago del alquiler.<\/li>\n\n\n\n<li>Incumplimiento de un t\u00e9rmino material de un contrato de arrendamiento despu\u00e9s de un aviso por escrito para corregir el incumplimiento.<\/li>\n\n\n\n<li>Mantener, cometer o permitir una molestia.<\/li>\n\n\n\n<li>Cometer desperdicio.<\/li>\n\n\n\n<li>Negativa a ejecutar una extensi\u00f3n o renovaci\u00f3n por escrito de un contrato de arrendamiento que sea sustancialmente similar al contrato de arrendamiento anterior.<\/li>\n\n\n\n<li>Una amenaza criminal a un propietario u otro inquilino.<\/li>\n\n\n\n<li>Cesi\u00f3n o subarrendamiento en violaci\u00f3n del contrato de arrendamiento.<\/li>\n\n\n\n<li>Negativa a permitir que el propietario acceda a la unidad.<\/li>\n\n\n\n<li>Uso de la unidad para un prop\u00f3sito ilegal.<\/li>\n\n\n\n<li>Retirar a un empleado, agente o licenciatario del propietario.<\/li>\n\n\n\n<li>No entregar la posesi\u00f3n despu\u00e9s de proporcionar al propietario un aviso por escrito de la intenci\u00f3n de desocupar o aceptar una compra de la tenencia.<\/li>\n\n\n\n<li>Mudanza del propietario o de un familiar.<\/li>\n\n\n\n<li>Retiro de la unidad del mercado de alquiler.<\/li>\n\n\n\n<li>Cumplimiento de una orden gubernamental o judicial relacionada con la habitabilidad que requiere la desocupaci\u00f3n de la propiedad de alquiler residencial.<\/li>\n\n\n\n<li>Demolici\u00f3n o remodelaci\u00f3n sustancial.<\/li>\n<\/ul>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Seg\u00fan la Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos Residenciales de San Diego, \u00bfqu\u00e9 debe incluir el propietario en un aviso de violaci\u00f3n del contrato de arrendamiento?<\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Antes de que un propietario de San Diego emita un aviso para rescindir una tenencia por una violaci\u00f3n curable del contrato de arrendamiento, el propietario debe dar un aviso por escrito de la violaci\u00f3n que incluya una descripci\u00f3n de la violaci\u00f3n y una oportunidad para subsanarla. Id. Si la violaci\u00f3n no se subsana dentro del per\u00edodo de tiempo indicado en el aviso, el propietario puede rescindir la tenencia sin otra oportunidad de subsanaci\u00f3n mediante la entrega de un aviso de desalojo de tres d\u00edas. \u00cdd. <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Seg\u00fan la Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos Residenciales de San Diego, \u00bfcu\u00e1les son los requisitos para la mudanza de un propietario o familiar?<\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Para un desalojo por mudanza de un familiar o del propietario en San Diego, el propietario o su c\u00f3nyuge, pareja de hecho, hijo, nieto, padre o abuelo debe mudarse dentro de los 90 d\u00edas posteriores a la desocupaci\u00f3n del inquilino y vivir en la unidad durante al menos 12 meses como residencia principal. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0704(b)(1).   <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Para los contratos de arrendamiento celebrados despu\u00e9s del 24 de junio de 2023, una mudanza del propietario o de un familiar solo se puede realizar cuando el contrato de arrendamiento escrito lo permita. Id. Para las tenencias vigentes antes del 24 de junio de 2023, el propietario puede cambiar los t\u00e9rminos del contrato de arrendamiento existente para permitir una mudanza del propietario o de un familiar. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Propietario significa una persona f\u00edsica que tiene al menos un 25 por ciento de participaci\u00f3n de propiedad registrada o una persona f\u00edsica que tiene cualquier participaci\u00f3n de propiedad registrada si el 100 por ciento de la propiedad registrada se divide entre familiares. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0702. Una LLC o sociedad comercial se considera un propietario si est\u00e1 estrechamente controlada por una persona f\u00edsica.     Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>El propietario o familiar no puede mudarse si el propietario o familiar ya vive en una unidad en la propiedad. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0704(b)(1). El propietario o familiar tambi\u00e9n debe aprovechar una unidad similar vacante.     Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>El aviso de desalojo debe proporcionar los nombres y las relaciones de los ocupantes previstos. Id. Debe indicar que el inquilino tiene derecho a solicitar una prueba de que la persona que se muda es un propietario o familiar. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Si el propietario o familiar no se muda dentro de los 90 d\u00edas y vive en la unidad durante al menos 12 meses continuos, el propietario deber\u00e1 ofrecer la unidad nuevamente a los inquilinos desplazados al mismo alquiler, pagando todos los gastos en que incurrieron los inquilinos por encima de la asignaci\u00f3n m\u00ednima de mudanza. Id. Este requisito de ofrecer la unidad nuevamente no se aplica cuando el propietario o familiar fallece. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\">\u00bfTengo alguna protecci\u00f3n contra un desalojo por mudanza del propietario o de un familiar seg\u00fan la Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos de la Ciudad de San Diego?<\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Si bien algunas jurisdicciones protegen a los inquilinos de una mudanza del propietario o de un familiar si el inquilino es anciano o discapacitado, la ordenanza de San Diego no dice nada sobre tales protecciones. <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 se requiere para los desalojos por orden gubernamental y los desalojos por remodelaci\u00f3n sustancial seg\u00fan la Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos Residenciales de San Diego?<\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Un propietario puede desalojar a un inquilino por cumplimiento de una orden gubernamental o judicial relacionada con la habitabilidad. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0704(b)(3). El trabajo debe ser tan sustancial que se requiera que el inquilino desocupe durante al menos 30 d\u00edas.     Id. Los inquilinos que son desplazados por cumplimiento de una orden gubernamental o judicial tienen derecho a asistencia para la reubicaci\u00f3n, a menos que el inquilino haya causado los problemas de habitabilidad. Id.<br\/><br\/>Un propietario puede desalojar a un inquilino para demoler o remodelar sustancialmente una propiedad de alquiler. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0704(b)(4). La remodelaci\u00f3n sustancial incluye reemplazos o modificaciones importantes de los sistemas estructurales, el\u00e9ctricos, de plomer\u00eda o mec\u00e1nicos que requieren un permiso y exigen que el inquilino desocupe la propiedad durante al menos 30 d\u00edas continuos.     Id. Tambi\u00e9n incluye la eliminaci\u00f3n de materiales peligrosos como pintura a base de plomo, moho o asbesto, de acuerdo con las leyes federales, estatales y locales. Id. Las mejoras cosm\u00e9ticas como la pintura o las reparaciones menores no califican como remodelaci\u00f3n sustancial y no pueden ser motivo de desalojo. Id.<br\/><br\/>Si la remodelaci\u00f3n sustancial requiere el desalojo, el propietario debe publicar una copia de la solicitud de permiso en la propiedad dentro de los tres d\u00edas h\u00e1biles posteriores a la presentaci\u00f3n y obtener todos los permisos necesarios antes de emitir un aviso de rescisi\u00f3n. Id. El aviso de rescisi\u00f3n debe incluir una declaraci\u00f3n de la intenci\u00f3n del propietario de demoler o remodelar la propiedad, una oferta para volver a alquilar la unidad al inquilino en los mismos t\u00e9rminos si el trabajo no se completa, y una descripci\u00f3n del trabajo planificado y la duraci\u00f3n esperada o la fecha de demolici\u00f3n. Id. Tambi\u00e9n debe incluir los permisos necesarios o el contrato de un contratista para la eliminaci\u00f3n de materiales peligrosos, junto con una declaraci\u00f3n que explique por qu\u00e9 el trabajo no se puede realizar de manera segura con el inquilino en el lugar, lo que requiere la desocupaci\u00f3n durante al menos 30 d\u00edas continuos. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Seg\u00fan la Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos Residenciales de San Diego, \u00bftienen los inquilinos derecho a regresar despu\u00e9s de los desalojos por mudanza del propietario y de un familiar, los desalojos por orden gubernamental, los desalojos por demolici\u00f3n y los desalojos por remodelaci\u00f3n sustancial?<\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Para los desalojos por remodelaci\u00f3n sustancial y los desalojos por demolici\u00f3n, un propietario debe ofrecer al inquilino la oportunidad de volver a alquilar al mismo alquiler si el trabajo no se ha iniciado o completado. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0704(b)(4)(d)(ii). El inquilino debe notificar al propietario dentro de los 30 d\u00edas posteriores a la recepci\u00f3n de la oferta si desea aceptarla.     Id. Si se acepta, el inquilino debe volver a ocupar la unidad dentro de los 30 d\u00edas posteriores a la notificaci\u00f3n al propietario de su aceptaci\u00f3n. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Si un inquilino es desalojado debido a una mudanza del propietario o de un familiar, una demolici\u00f3n o remodelaci\u00f3n sustancial, o por una agencia gubernamental u orden judicial u ordenanza local y el propietario vuelve a alquilar la unidad dentro de los cinco a\u00f1os posteriores a la fecha de rescisi\u00f3n de la tenencia, se le debe ofrecer la unidad nuevamente al inquilino si el inquilino proporcion\u00f3 al propietario un aviso por escrito dentro de los treinta d\u00edas posteriores al aviso de rescisi\u00f3n indicando su deseo de regresar y proporcion\u00f3 una direcci\u00f3n postal o direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico actual. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0706(d).    <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>La ordenanza no dice nada sobre si el inquilino puede regresar a la misma tarifa de alquiler. En cambio, la ordenanza le da al propietario el derecho de evaluar al inquilino utilizando m\u00e9todos est\u00e1ndar de la industria. Id<em>.<\/em> Presumiblemente, la evaluaci\u00f3n es para determinar si el inquilino califica para alquilar la unidad.  <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>La ordenanza tampoco dice nada sobre el derecho de un inquilino a regresar si el propietario vuelve a alquilar la unidad despu\u00e9s de que un inquilino fue desalojado por la raz\u00f3n de causa justa de retiro. <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Beneficios de reubicaci\u00f3n seg\u00fan la ordenanza de protecci\u00f3n de inquilinos de la ciudad de San Diego<\/h2>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\">\u00bfTengo derecho a asistencia para la reubicaci\u00f3n seg\u00fan la ordenanza de protecci\u00f3n de inquilinos residenciales de San Diego?<\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Seg\u00fan la Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos Residenciales de San Diego, los propietarios deben proporcionar asistencia para la reubicaci\u00f3n a los inquilinos si la tenencia se rescinde por razones sin culpa, incluso por una mudanza del propietario o de un familiar, el retiro de la unidad del mercado de alquiler, el cumplimiento de una orden gubernamental o judicial, la demolici\u00f3n o la remodelaci\u00f3n sustancial. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0706(c). Esto se aplica independientemente de los ingresos del inquilino o del tiempo que haya vivido en la propiedad.     Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Los propietarios tienen dos opciones para proporcionar esta asistencia. Id. Los propietarios pueden hacer un pago directo al inquilino. Id. Este pago debe ser igual a dos meses del alquiler actual del inquilino. Id. Si el inquilino es una persona mayor o discapacitada, el pago debe ser igual a tres meses de alquiler. Id. Alternativamente, los propietarios pueden optar por renunciar al alquiler durante dos meses, siempre y cuando el monto al que se renuncie sea igual al monto requerido para el pago directo. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>La discapacidad se define como un impedimento f\u00edsico o mental que, si no se trata, limitar\u00eda una actividad importante de la vida. Id. Se considera persona mayor a partir de los 62 a\u00f1os. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Cuando varios inquilinos ocupan la propiedad, los propietarios pueden hacer un solo pago a todos los inquilinos nombrados en el contrato de arrendamiento. Id. La asistencia para la reubicaci\u00f3n requerida por la ordenanza es adicional a cualquier dep\u00f3sito de seguridad u otros montos que el propietario le deba al inquilino. Id. Tambi\u00e9n se puede acreditar contra cualquier otra asistencia para la reubicaci\u00f3n requerida por las leyes federales, estatales o locales. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Si un inquilino no desocupa la propiedad despu\u00e9s de que expire el per\u00edodo de aviso, el propietario puede recuperar el monto de la asistencia para la reubicaci\u00f3n como da\u00f1os en una acci\u00f3n para recuperar la posesi\u00f3n de la propiedad. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Compras seg\u00fan la ordenanza de protecci\u00f3n de inquilinos de la ciudad de San Diego<\/h2>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfCu\u00e1les son los requisitos para una compra de inquilino seg\u00fan la Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos Residenciales de San Diego?<\/strong><\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Acuerdo de compra significa un acuerdo en el que el propietario paga al inquilino dinero u otra contraprestaci\u00f3n para desocupar la propiedad de alquiler residencial. Un acuerdo de compra no incluye un acuerdo para resolver una acci\u00f3n de detenci\u00f3n il\u00edcita pendiente. <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Antes de hacer una oferta de compra, los propietarios de San Diego deben proporcionar a los inquilinos una divulgaci\u00f3n por escrito. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0707. Esta divulgaci\u00f3n debe incluir una declaraci\u00f3n de que los inquilinos tienen derecho a no celebrar un acuerdo de compra, y aconseja a los inquilinos que consulten con un abogado.     Id. Tambi\u00e9n debe indicar que los propietarios tienen prohibido tomar represalias contra los inquilinos que se niegan a celebrar o negociar una compra. Id. Adem\u00e1s, se debe informar a los inquilinos que pueden rechazar futuras ofertas de compra proporcionando un aviso por escrito, con una vigencia de seis meses, con la opci\u00f3n de rescindir este rechazo. Id. La divulgaci\u00f3n debe detallar la elegibilidad del inquilino para la asistencia m\u00ednima para la reubicaci\u00f3n. Id. Debe incluir los nombres de las personas autorizadas para discutir y celebrar acuerdos de compra en nombre del propietario, junto con espacios para que tanto el inquilino como el propietario firmen y fechen el formulario de divulgaci\u00f3n. Id. Los propietarios deben proporcionar a los inquilinos una copia de la divulgaci\u00f3n firmada dentro de los tres d\u00edas y conservar el formulario durante cinco a\u00f1os. Id.<br\/><br\/>Al redactar acuerdos de compra, los propietarios de San Diego deben asegurarse de que el acuerdo est\u00e9 por escrito y proporcionar a los inquilinos una copia al firmar. Id. El acuerdo debe incluir declaraciones espec\u00edficas en negrita, fuente de 14 puntos cerca de la l\u00ednea de firma del inquilino, que indiquen que el inquilino tiene derecho a no celebrar la compra y que si el inquilino tiene derecho a asistencia para la reubicaci\u00f3n seg\u00fan cualquier ley, un acuerdo de compra que ofrezca menos es nulo. Id. Tambi\u00e9n debe aconsejar a los inquilinos que consulten con un abogado antes de firmar. Id. Si las negociaciones se realizan en un idioma que no sea ingl\u00e9s, los propietarios deben proporcionar el acuerdo tanto en ingl\u00e9s como en el idioma negociado simult\u00e1neamente. Id. Cualquier acuerdo de compra que no cumpla con estos requisitos se considera nulo. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Sanciones para un propietario que viola la ley<\/h2>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Seg\u00fan la Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos Residenciales de San Diego, \u00bfpuedo demandar a mi propietario por desalojo injusto o represalias?<\/h3>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Un inquilino que alega una violaci\u00f3n de la Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos Residenciales de San Diego puede presentar una acci\u00f3n civil contra un propietario, administrador de la propiedad u otro agente del propietario. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0709. El inquilino tiene derecho a medidas cautelares, medidas equitativas y da\u00f1os monetarios, incluidos da\u00f1os punitivos.     Id. Un propietario o agente del propietario que desaloj\u00f3 injustamente a un inquilino es responsable por no menos de tres veces los da\u00f1os econ\u00f3micos reales. Id. Los da\u00f1os econ\u00f3micos incluyen la p\u00e9rdida del valor de la vivienda con renta controlada. El valor del alquiler perdido se calcula como el valor mensual justo de mercado del alquiler de la vivienda perdida menos el alquiler real pagado por el inquilino al ser desalojado, multiplicado por el n\u00famero de a\u00f1os que el inquilino esperaba permanecer en la vivienda. <em>Chacon v. Litke<\/em>, 181 Cal. App. 4th 1234 (2010) (ratificando una indemnizaci\u00f3n de tres veces el valor del alquiler proyectado perdido durante veinte a\u00f1os).   <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Todo propietario que no proporcione asistencia para la reubicaci\u00f3n ser\u00e1 responsable ante el inquilino por no menos de tres veces los da\u00f1os econ\u00f3micos. San Diego, Cal. Mun. Code \u00a7 98.0709.    <\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>A discreci\u00f3n del tribunal, un propietario que desaloje injustamente ser\u00e1 responsable ante el inquilino por los honorarios y gastos razonables del abogado. Id.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfCu\u00e1ndo debo llamar a un abogado de derechos del inquilino?<\/h2>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p>Los inquilinos deben llamar a Tobener Ravenscroft LLP al <a href=\"tel:4155042165\" data-type=\"tel\" data-id=\"tel:4155042165\">(415) 504-2165<\/a> para hablar con un abogado de inquilinos si tienen alguna pregunta sobre sus leyes locales o si creen que su arrendador ha violado la Ordenanza de Protecci\u00f3n al Inquilino de la Ciudad de San Diego.<\/p>\n<\/div><div class=\"container\">\n<p><\/p>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Ordenanza de Protecci\u00f3n de Inquilinos de la Ciudad de San Diego proh\u00edbe el desalojo de un inquilino [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":10,"featured_media":122812,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"template-eeat-sidebar.php","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[],"tags":[],"class_list":["post-122811","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/122811","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/10"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=122811"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/122811\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":122813,"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/122811\/revisions\/122813"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/122812"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=122811"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=122811"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.tobenerlaw.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=122811"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}