El Acoso Sexual

Actualizado 16 Noviembre 2010

Acoso Sexual Por Dueño

Bajo la ley de California, un inquilino podría recuperar contra un dueño por el acoso sexual bajó la ley del acto de empleo y vivienda equitativas o por el acto de derechos civiles de Unruh.  Brown v. Smith, 55 Cal. App. 4th 767 (1997) y Código Civil § 51 et seq.

El Acto de Derechos Civiles de Unruh

Para probar una demanda por el acoso sexual bajo el Acto de Derechos Civiles de Unruh, un inquilino debe de ensenar que (1) el dueño izo “insinuaciones sexuales, solicitaciones, peticiones sexuales , demandas de cumplimiento sexual por el demandante, o se ocupó en maneras sexuales verbalmente, visualmente, o físicamente, o de una manera adversa en bajada en el genera, que eran inoportunas y severas o perversas”; (2)  hay una “inhabilidad de que el inquilino termina la relación de una manera fácil”; y (3) el inquilino “ sufrió o va a sufrir pérdida or desventaja económica o herida personal, incluyendo, pero no limitado a, angustia emocional”.  Código Civil § 51.9.  Un inquilino que sufre acoso sexual tiene el derecho a daños punitivos, daños actuales, daños por la angustia emocional, y honorarios de abogado.  Código Civil § 52.

El Acto de Empleo y Vivienda Equitativas (FEHA)

Para probar una demanda del acoso sexual por dueño bajo el acto de empleo y vivienda equitativas, un inquilino debe de ensenar que hubo una relacione que fue “hostil” o “abusiva”.  El tribunal verá la totalidad de las circunstancias, incluyendo “la frecuencia del conducto discriminatorio; su gravedad, si es una amenaza física o humillante, o solo una expresión ofensiva; y si interfiere de una manera irrazonable con… el disfrute de las condiciones de vivienda del inquilino.”  Brown v. Smith, 55 Cal. App. 4th 767 (1997).  El tribunal también determinara la naturaleza de los actos sexuales inoportunos.  La tocada física se considera más ofensiva que el abuso verbal.  Id. La cantidad de días que la conducta ofensiva y su contexto también son factores importante.  Id. Los hechos deben de ser más que ocasional, aislados, esporádicos o triviales.   Id. Debe de ser un patrón concentrado de acoso de una manera repetido, rutina, o de naturaleza generalizada.  Id.

Ejemplos de Casos

Un jurado a ajudico $110,000 en daños generales, $500 en perdida de consorcio, $68,000 en daños punitivos, y $50,000 en honorarios de abogado contra el dueño quien hizo avances inadecuados repetidamente.  El dueño se ofreció a no seguir con un aumento de renta a cambio por favores sexuales.  Brown v. Smith, 55 Cal. App. 4th 767 (1997).

El inquilino no pudo mantener una causa de acción contra el dueño que acarecio la espalda y el brazo de un inquilino cuando el inquilino fue a pagar su renta.  El dueño le dijo al inquilino que ella podría cuidar de la renta en “otras maneras.”  Cuando el inquilino se negó, el dueño empenzo a gritarle blasfemias al inquilino.  El tribunal racionó que el acoso debe de ser penetrante en lugar de un incidente aislado.  DiCenso v. Cisneros, 96 F.3d 1004 (1996).

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PUESTO: 04/19/11 10:34 AM
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